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NORMAS PARA BAUTIZOS
PADRINOS
- Haber sido elegidos por los padres o por quienes, según los casos, hagan sus veces.
- Tener capacidad para la misión e intención de desempeñarla
- Haber cumplido dieciséis años
- Ser católico, estar confirmado, haber recibido la eucaristía, y llevar al mismo tiempo una vida conforme la fe y la misión que van a asumir.
- Con un padrino o madrina es suficiente. Si son dos serán un padrino y una madrina, pero en ningún caso 2 personas del mismo sexo. (Derecho Canónigo c:873)
- No se administrará el Bautismo en oratorios ni templos no parroquiales.
Nota: los padrinos deberán presentar en esta la Parroquia de Lardero, el certificado de estar confirmados, el día de la charla previa al bautizo.
Para cualquier excepción a estas Normas Diocesanas y Canónigas se deberá presentar un permiso escrito del Obispado, ya que no dependen del párroco.
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Para cualquier duda o consulta, por favor, contacta con la Parroquia.

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